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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255239
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 71, Sexta Parte; Pág. 28
FIRMAS. DIFERENCIA APARENTE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 71, Sexta Parte; Pág. 28
Aunque dos firmas que se dicen de la misma persona sean diferentes en forma aparente, si esa persona sostiene que ambas son de su mano, se requiere prueba pericial para dilucidar la cuestión, pues el juzgador, quien no es perito en caligrafía o grafoscopía, no puede sostener por sí y ante sí que ambas firmas son de personas diferentes, con una validez tal que deseche toda duda razonable, y que le permita desechar o desestimar una promoción hecha ante él, con el fundamento indicado.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 507/74. Impresora Cello Mex, S.A. 26 de noviembre de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.