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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255324
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 69, Sexta Parte; Pág. 24
DESISTIMIENTO TACITO POR FALTA DE PROMOCION, QUE PRODUCE LA CADUCIDAD LABORAL, INOPERANTE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 69, Sexta Parte; Pág. 24
Es inoperante la caducidad, conforme al artículo 726 de la Ley Federal del Trabajo, aun cuando el actor dejara de promover en seis meses, si durante ese término se acordaron escritos presentados con anterioridad, o estaban pendientes de practicarse diligencias probatorias, por lo que no basta la inactividad del demandante, si concurren esas circunstancias impeditivas de la caducidad.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 378/74. Hotel Ra-Monterrey, S.A. de C.V. 27 de septiembre de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Federico Taboada Andraca.
Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "CADUCIDAD LABORAL.".