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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255330
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 69, Sexta Parte; Pág. 29
ENERGIA ELECTRICA, DELITOS COMETIDOS CON MOTIVO DEL APROVECHAMIENTO DE LA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 69, Sexta Parte; Pág. 29
Si se demuestra que el acusado era usuario del suministro de la energía eléctrica, por haber celebrado contrato con la persona que legalmente podía disponer de ella, el ilícito cometido es el fraude, porque el fluido estaba bajo su control por virtud del contrato, y así el aprovechamiento lo realizó con el conocimiento de su dueño; en cambio, habrá delito de robo cuando para el aprovechamiento no haya mediado convenio alguno con el propietario de la energía, dado que en esas condiciones ésta se hallaba en poder o a disposición de una persona distinta del agente activo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 324/74. Patricio Torres Robles. 20 de septiembre de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Gastón Chao Arteaga. Secretario: José R. Medrano González.
Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "DELITOS COMETIDOS CON MOTIVO DEL APROVECHAMIENTO DE LA ENERGIA ELECTRICA.".