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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255345
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 69, Sexta Parte; Pág. 47
LAUDO, ENGROSE DEL, NO REALIZADO DENTRO DEL TERMINO DE LEY.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 69, Sexta Parte; Pág. 47
La violación aducida en el sentido de que el engrose del laudo no se hizo dentro del término establecido en el artículo 779 de la Ley Federal del Trabajo, quedó consumada irreparablemente al hacerse, por lo que el concepto de violación procesal resulta improcedente.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 146/74. Juan Gómez Camacho. 13 de septiembre de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: José Martínez Delgado.