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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255374
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 68, Sexta Parte; Pág. 16
AGRARIO. QUEJA EN LA MATERIA. AGRAVIOS PRESENTADOS ANTE AUTORIDAD INCOMPETENTE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 68, Sexta Parte; Pág. 16
La promoción del recurso ante autoridad incompetente, no es motivo para justificar que ésta lo tenga por no interpuesto, lo que sólo debe concretarse a remitir el escrito relativo al tribunal competente para que provea lo necesario.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 36/74. Miguel Rodríguez Meléndez. 30 de agosto de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Luz María Perdomo Juvera.
Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "QUEJA EN MATERIA AGRARIA. AGRAVIOS PRESENTADOS ANTE AUTORIDAD INCOMPETENTE.".