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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255379
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 68, Sexta Parte; Pág. 20
AUTORIDADES EJECUTORAS, ACTOS RECLAMADOS A LAS. CASO EN QUE SE DESVIRTUA LA NEGATIVA RENDIDA POR ESTAS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 68, Sexta Parte; Pág. 20
Si se presumen ciertos los actos de la autoridad ordenadora, por no rendir su informe justificado, esa presunción es suficiente para desvirtuar la negativa que respecto de los actos reclamados produzcan las autoridades ejecutoras, pues correspondiendo a éstas dar cumplimiento a las órdenes combatidas, debe considerarse inminente el que se realicen también los actos de ejecución.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 213/74. Amalia Martínez de Olvera. 23 de agosto de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Hidalgo Riestra.
Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "ACTOS RECLAMADOS A LAS AUTORIDADES EJECUTORAS. CASO EN QUE SE DESVIRTUA LA NEGATIVA RENDIDA POR ESTAS.".