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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255384
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 68, Sexta Parte; Pág. 25
DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO, CUANDO SE CONTROVIERTE EL SALARIO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 68, Sexta Parte; Pág. 25
Si al verificarse la audiencia sobre demanda y excepciones, el patrón hace oferta de reinstalar al trabajador, bajo los mismos términos que éste señaló en su demanda, no existe base para presumir que actúa de mala fe, por la circunstancia de que el trabajador modifique el monto del salario en la misma oportunidad, pues entonces habrá controversia sobre dicho monto, pero no dolo al proponer la reinstalación.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 420/74. Samuel Palma Cervantes. 30 de agosto de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Reyes Galván.
Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "OFERTA DE REINSTALAR AL TRABAJADOR. SU VALIDEZ.".