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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
255399
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 68, Sexta Parte; Pág. 49

NULIDAD DE ACTUACIONES Y DE FALTA DE PERSONALIDAD, INCIDENTES DE. SU DESECHAMIENTO NO INTEGRA LAS VIOLACIONES DE PROCEDIMIENTO A QUE SE REFIEREN LAS FRACCIONES V Y IX DEL ARTICULO 159 DE LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 68, Sexta Parte; Pág. 49

Precedentes

Amparo en revisión 542/74. Julio Valadez Raya. 9 de agosto de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Darío Córdoba Ladrón de Guevara. Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "INCIDENTES DE NULIDAD DE ACTUACIONES Y DE FALTA DE PERSONALIDAD. SU DESECHAMIENTO NO INTEGRA LAS VIOLACIONES DE PROCEDIMIENTO A QUE SE REFIEREN LAS FRACCIONES V Y IX DEL ARTICULO 159 DE LA LEY DE AMPARO.".
Registro digital (IUS): 255399