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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
255471
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 67, Sexta Parte; Pág. 53

MILITARES. NO DEBEN TENER DOS PENSIONES FEDERALES.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 67, Sexta Parte; Pág. 53

Precedentes

Amparo en revisión 34/74. Venustiano Sánchez Contreras. 30 de julio de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.
Registro digital (IUS): 255471