Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/255489
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
255489
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 67, Sexta Parte; Pág. 73

REVISION, LOS JUECES EMISORES DE LAS SENTENCIAS CARECEN DE INTERES PARA INTERPONER EL RECURSO DE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 67, Sexta Parte; Pág. 73

Precedentes

Amparo en revisión 613/73. Antonio Pérez Vela Muñoz. 24 de julio de 1974. Mayoría de votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretaria: María Dolores Villa R. Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "RECURSO DE REVISION, EL JUEZ RECURRENTE CARECE DE INTERES PARA LA INTERPOSICION DE TAL RECURSO.".
Registro digital (IUS): 255489