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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255517
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 66, Sexta Parte; Pág. 45
PATENTES DE INVENCION. VIOLACIONES FORMALES. PROCEDENCIA DEL AMPARO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 66, Sexta Parte; Pág. 45
Si concluyó en su tramitación la solicitud de expedición de una patente y no se combate en sí misma la expedición de aquella por las causas previstas en la ley, sino que se impugna todo el procedimiento seguido para otorgarla a partir de la admisión de la solicitud inicial, no puede estimarse que la parte quejosa hubiera estado obligada a agotar ese procedimiento previamente al juicio de amparo, puesto que el otorgamiento a la parte tercero perjudicada de una patente de invención no es etapa de un procedimiento establecido en la ley para el otorgamiento del título respectivo, que se realizó por la tercero perjudicada ante las autoridades, procedimiento que combate en el amparo la parte quejosa, por estimar que es lesivo de sus intereses, más aún que desarrollado y concluido tal procedimiento y dictada la resolución correspondiente y expedirse la patente solicitada, tales actos, tienen el carácter de definitivos y en tales condiciones pueden y deben reclamarse conjuntamente en el juicio de garantías, cuanto se estima que todo el procedimiento y su resolución final causan agravio a la quejosa, no por cuestiones de fondo, sino formales, procedimiento en el que aquella no fue parte y por tal razón no pudo impugnarlo en su desarrollo y culminación, dándose de esa manera el supuesto del artículo 114, fracción II, reformada, de la Ley de Amparo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 170/74. Tetramex, S.A. 25 de junio de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Ortega Calderón.