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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
255546
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 66, Sexta Parte; Pág. 99

DEMANDA FISCAL, CONTESTACION DE LA. EN ELLA NO PUEDEN AMPLIARSE NI MEJORARSE LOS FUNDAMENTOS DEL ACTO.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 66, Sexta Parte; Pág. 99

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta parte: Volumen 27, página 29. Revisión fiscal RF-695/70 (175/66). Hortensia Arjona Sesma. 29 de marzo de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Volumen 54, página 75. Amparo directo 311/71. Benjamín J. Cohen. 30 de octubre de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Volumen 54, página 75. Amparo en revisión 537/72. Roberto González Torres y coagraviados. 27 de noviembre de 1972. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 54, página 75. Revisión fiscal 199/70 (419/57). Corporación Nacional Distribuidora, S.A. 29 de enero de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 64, página 33. Amparo directo 1/74. Inversiones Inmuebles El Mundo, S.A. 30 de abril de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.
Registro digital (IUS): 255546