Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/255555
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
255555
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 66, Sexta Parte; Pág. 115

REMUNERACION AL TRABAJO PERSONAL SUBORDINADO, IMPUESTO DEL UNO POR CIENTO SOBRE LOS PAGOS HECHOS POR. DISTRIBUCION DE UTILIDADES.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 66, Sexta Parte; Pág. 115

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 54, página 97. Amparo en revisión 148/69. Industrias Arga, S.A. 27 de junio de 1969. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto. Ponente: Juan Gómez Díaz. Volumen 54, página 97. Amparo directo 548/70. Grafo Regia, S.A. 22 de noviembre de 1971. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto ni el nombre del ponente. Volumen 57, página 53. Amparo directo 680/72. Compañía de las Fábricas de Papel de San Rafael y Anexas, S.A. 28 de septiembre de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Toral Moreno. Volumen 58, página 67. Amparo directo 332/70. Banco Mercantil de Monterrey S.A. 19 de octubre de 1973. Unanimidad de votos. Ponente. Juan Gómez Díaz. Volumen 61, página 55. Amparo directo 176/71. Vidriera Monterrey, S.A. y otros. 31 de enero de 1974. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 255555