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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 3 de septiembre de 2008, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 56/2008-PS en que participó el presente criterio.

Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
255562
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 65, Sexta Parte; Pág. 25

LEGATARIOS. TIENEN INTERESES DIVERSOS DE LOS HEREDEROS Y POR TANTO NO CARECEN DE DERECHOS PARA, PERSONALMENTE, DEFENDER LOS BIENES OBJETOS DE LOS LEGADOS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 65, Sexta Parte; Pág. 25

Precedentes

Amparo en revisión 480/73. Emilio Salas Caracosa. 10 de mayo de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Sánchez Fitta. Revisión 464/73. Francisco Salas Aquino y coagraviados. 10 de mayo de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Sánchez Fitta. Revisión 380/73. Elena Salem de Bassel. 10 de mayo de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Sánchez Fitta. Nota: Por ejecutoria de fecha 3 de septiembre de 2008, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 56/2008-PS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 255562