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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255572
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 65, Sexta Parte; Pág. 37
SEPTIMOS DIAS Y DIAS FESTIVOS, OBLIGACION DE DEMOSTRAR EL PAGO DE LOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 65, Sexta Parte; Pág. 37
La circunstancia de que el trabajador reconozca que se le cubría el salario mínimo, es insuficiente, por sí sola, para establecer que la empresa demandada le pagara, además, los séptimos días y los días festivos reclamados y para que demostrase la excepción de pago opuesta, debió rendir los elementos necesarios.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 250/74. Constructora Maíz Mier, S.A. 29 de mayo de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Reyes Galván.
Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "OBLIGACION DE DEMOSTRAR EL PAGO DE LOS SEPTIMOS DIAS Y DIAS FESTIVOS.".