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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255616
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 64, Sexta Parte; Pág. 76
SOBRESEIMIENTO, AMBITO DE APLICACION DEL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 64, Sexta Parte; Pág. 76
El sobreseimiento de un juicio debe referirse a los promoventes del juicio, o a los actos que en él se reclaman o impugnan, pero no a los conceptos de violación o de impugnación. Estos últimos podrán ser infundados, o podrá ser improcedente su estudio, pero el juicio sólo se puede sobreseer respecto de los promoventes o de los actos que se combaten mediante aquellos conceptos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Revisión fiscal 4/74. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 9 de abril de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.