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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255638
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 62, Sexta Parte; Pág. 29
CUENTAS, RENDICION DE, EN MATERIA LABORAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 62, Sexta Parte; Pág. 29
Si con motivo de la relación laboral el trabajador debe hacer ventas, cobrar a clientes, rendir cuentas y aun el salario se incrementa con un porcentaje sobre esas operaciones, es evidente que la Junta de Conciliación y Arbitraje debe conocer y resolver sobre la contrademanda de rendición de cuentas y compensación y no abstenerse de hacerlo con el pretexto de que ello debe ser materia de un juicio de carácter civil.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo laboral 53/74. José Santos Duarte Salcedo. 15 de febrero de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Castro Reyes.