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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255700
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 60, Sexta Parte; Pág. 81
TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL. COMPETENCIA EN AMPARO DIRECTO.
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 60, Sexta Parte; Pág. 81
Conforme a los artículos 44 y 45 de la Ley de Amparo y 25, fracción III, y 7o. bis, fracción I, inciso b), del capitulo III bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el conocimiento del amparo directo contra sentencias definitivas de tribunales administrativos que no sean federales, sino locales, corresponde en todo caso a los Tribunales Colegiados. Y como el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal es un tribunal de carácter local y no federal, conforme a los artículos 73, fracción VI, y 94 de la Constitución Federal, ya que no pertenece al Poder Judicial de la Federación y su competencia se limita al conocimiento de asuntos locales del Distrito Federal, sin jurisdicción sobre el resto del territorio de la República, la competencia para conocer de los amparos directos que se promuevan contra sus sentencias corresponderá a los tribunales colegiados en materia administrativa del primer circuito, cualquiera que sea la cuantía del negocio.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 54, pág. 107. Amparo directo 714/72. Estacionamientos Anciola, S. A. 19 de febrero de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.
Volumen 54, pág. 107. Amparo directo 17/73. Santos Hernández Jiménez. 12 de marzo de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 54, pág. 107. Amparo directo 37/73. Estacionamientos Del Centro, S. A. 12 de marzo de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 56, pág. 57. Amparo directo 277/73. Adolfo Mendoza Cruz. 13 de agosto de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.
Volumen 56, pág. 57. Amparo directo 397/73. Casa Larrazabal, S. A. 13 de agosto de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.