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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
255700
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 60, Sexta Parte; Pág. 81

TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL. COMPETENCIA EN AMPARO DIRECTO.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 60, Sexta Parte; Pág. 81

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 54, pág. 107. Amparo directo 714/72. Estacionamientos Anciola, S. A. 19 de febrero de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Volumen 54, pág. 107. Amparo directo 17/73. Santos Hernández Jiménez. 12 de marzo de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 54, pág. 107. Amparo directo 37/73. Estacionamientos Del Centro, S. A. 12 de marzo de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 56, pág. 57. Amparo directo 277/73. Adolfo Mendoza Cruz. 13 de agosto de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Volumen 56, pág. 57. Amparo directo 397/73. Casa Larrazabal, S. A. 13 de agosto de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 255700