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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
255713
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 59, Sexta Parte; Pág. 21

CONSIGNACION EN PAGO, CUANDO EL PAGO SE HACE VALER COMO ACCION O SE OPONE COMO EXCEPCION CON BASE EN, EFECTUADA CON ANTERIORIDAD AL JUICIO, NO ES INDISPENSABLE AGOTAR PREVIAMENTE EL PROCEDIMIENTO LIBERATORIO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 59, Sexta Parte; Pág. 21

Precedentes

Amparo directo 354/73. Silvia Martínez viuda de Robles. 28 de noviembre de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 55, página 29. Amparo directo 771/72. Benito Cedillo Flores. 20 de julio de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "CONSIGNACIONES EN PAGO. CUANDO EL PAGO SE HACE VALER COMO ACCION O SE OPONE COMO EXCEPCION, CON BASE EN CONSIGNACIONES DE PAGO EFECTUADAS CON ANTERIORIDAD AL JUICIO NO ES INDISPENSABLE AGOTAR PREVIAMENTE EL PROCEDIMIENTO LIBERATORIO.".
Registro digital (IUS): 255713