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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255731
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 59, Sexta Parte; Pág. 49
SALARIOS. PRUEBA DE QUE NO SE HA RETENIDO SU PAGO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 59, Sexta Parte; Pág. 49
Para probar que el trabajador se ha negado a recibir sus salarios y que el patrón no los ha retenido, no es suficiente la afirmación de este último en el sentido de que los mismos se encuentran a disposición del trabajador en las oficinas del centro de trabajo, sino que es necesario que se consignen ante la Junta o Tribunal de Arbitraje en su caso, poniéndolos a disposición del reclamante.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 111/73. George Rafael Ferrer García. 29 de noviembre de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Bravo y Bravo.