Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/255743
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255743
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 58, Sexta Parte; Pág. 20
AUTORIDADES. PRUEBA DEL NOMBRAMIENTO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 58, Sexta Parte; Pág. 20
Si el actor en un juicio fiscal afirma que la persona que firmó la resolución impugnada no ocupa el cargo o no tiene al carácter de funcionario con que la que firmó, y no se trata de un cargo de elección popular, es claro que su afirmación lleva envuelta la afirmación del hecho de que es otra la persona que ocupa el cargo de que se trata, si es único, o que son otras las que lo ocupan, si son varios. Y sólo en caso de que las autoridades nieguen al tribunal o al afectado las certificaciones o informes conducentes, o de que el actor presente algún principio de prueba razonable para fundar su aserto, podrá decirse que la carga de la prueba recae sobre la persona que firmó como funcionario, prueba que en principio será satisfecha con el nombramiento relativo (artículos 82, fracción I, y relativos del Código Federal de Procedimientos Civiles).
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 537/73. Sucesión de Marcelino Piña. 22 de octubre de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.