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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255793
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 58, Sexta Parte; Pág. 80
TRANSPORTE URBANO. LOS PERMISOS PARA OPERAR CAMIONETAS EN DICHO SERVICIO NO CONTRAVIENEN EL REGLAMENTO DE TRANSITO DE TAMAULIPAS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 58, Sexta Parte; Pág. 80
Al concederse permisos para operar camionetas de diez pasajeros de servicio urbano en Matamoros, Tamaulipas, por los agremiados del Frente Unido de Trabajadores de Alquiler, no por dicha agrupación, no se contraviene el artículo 218 del Reglamento de Tránsito de dicho Estado y al ser esos vehículos de mayor capacidad, con la misma maniobrabilidad de los automóviles, equipáranse a éstos conforme a lo que señala el artículo 215, por interpretarse la norma que contiene de acuerdo con las necesidades urgentes de la comunidad, de contar con transporte que a la vez que permite movilizar el mayor número de personas, evite el congestionamiento del tráfico. Así por ser vehículos intermedios, la autorización de los permisos referidos, resuelve el problema de ampliar la capacidad de transporte, sin causar perjuicio a las quejosas, porque no es el caso de aplicación de los artículos 216 y 217, ya que se refieren al aumento de autobuses de rutas existentes, con los sobrantes de las ya establecidas.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 220/73. Sociedad Cooperativa de Transportes Dos de Abril, S.C.L. y coagraviado. 19 de octubre de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Federico Taboada Andraca.