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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255797
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 54, Sexta Parte; Pág. 16
APRENDIZAJE, LA CELEBRACION DEL CONTRATO DE, ES ILEGAL CONFORME A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO DE 1970.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 54, Sexta Parte; Pág. 16
El contrato de aprendizaje no se encuentra regulado en la Ley Federal del Trabajo vigente, la que suprimió tal modalidad del contrato, que estaba prevista en el título tercero de la Ley Federal del Trabajo de 1931, por lo que es evidente que el legislador que emitió la ley vigente no consideró la posibilidad legal de la existencia de contratos de aprendizaje y en tal virtud la celebración de éste resulta ilegal.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo T-224/73. Herón Hernández. 29 de junio de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: José Martínez Delgado.