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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
255807
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 54, Sexta Parte; Pág. 31

FALSIFICACION Y FRAUDE. ACUMULACION (LEGISLACION DEL ESTADO DE YUCATAN).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 54, Sexta Parte; Pág. 31

Precedentes

Amparo en revisión 232/72. Gonzalo Cruz Esquivel. 22 de junio de 1973. Ponente: Renato Sales Gasque. Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "FRAUDE Y FALSIFICACION. DEBEN ACUMULARSE LAS PENAS. LEGISLACION DEL ESTADO DE YUCATAN.".
Registro digital (IUS): 255807