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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255827
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 54, Sexta Parte; Pág. 55
SEGURO SOCIAL. AFILIACION DE INTERVENTORES DE SALAS CINEMATOGRAFICAS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 54, Sexta Parte; Pág. 55
El hecho de que las labores que desempeña una persona para la empresa no tengan que ser efectuadas en día fijo ni hora determinada, no implica necesariamente que no exista la relación ni que necesariamente fuese, en su caso, una relación eventual, si tales labores constituyen una necesidad permanente para el buen funcionamiento de la empresa, como es el caso de los interventores para el control de asistencia de espectadores en salas de exhibición de películas, ya que se trata de una función necesaria para el buen funcionamiento de la empresa, y que debe efectuarse permanentemente, aunque por su naturaleza sea posible, o aun conveniente, que esa labor no se efectúe en días y horas determinados.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 251/73. Películas Nacionales, S. de R.L. y C.V. 25 de junio de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.