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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
255840
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 54, Sexta Parte; Pág. 127

TIMBRE. VALOR DE LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES, PARA EFECTOS FISCALES.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 54, Sexta Parte; Pág. 127

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 32, página 88. Amparo directo 563/70. Rafael Capetillo. 30 de agosto de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Volumen 40, página 69. Amparo directo 43/71. Rafael Capetillo. 10 de abril de 1972. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 46, página 97. Amparo directo 447/72. José Enrique Rendón Salazar. 23 de octubre de 1972. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 46, página 97. Amparo directo 334/72. José Enrique Rendón Salazar. 24 de octubre de 1972. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 47, página 60. Amparo directo 103/71. Rafael Capetillo. 14 de noviembre de 1972. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 255840