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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
255855
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 53, Sexta Parte; Pág. 30

PETICION, DERECHO DE. RECURSO QUE NO DEBE AGOTARSE ANTES DE OCURRIR EL AMPARO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 53, Sexta Parte; Pág. 30

Precedentes

Amparo en revisión 162/73. Compañía de Inversiones Mercantiles e Industriales, S.A. 11 de mayo de 1973. Ponente: Juan Gómez Díaz. Nota: Enviada sin votación a la Dirección del Semanario Judicial de la Federación. En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "VIOLACION AL ARTICULO 8o. CONSTITUCIONAL. SOBRESEIMIENTO IMPROCEDENTE.".
Registro digital (IUS): 255855