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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
255915
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 51, Sexta Parte; Pág. 27

FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, Y USO INDEBIDO DE SELLOS OFICIALES. DELITO PREVISTO EN EL ARTICULO 242, FRACCION VII, DEL CODIGO PENAL. ES AUTONOMO Y ACUMULABLE A OTROS DELITOS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 51, Sexta Parte; Pág. 27

Precedentes

Amparo en revisión 17/73. Gerardo García Fernández. 30 de marzo de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Franco. Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "DELITO DE USO INDEBIDO DE SELLOS OFICIALES VERDADEROS, PREVISTOS EN EL ARTICULO 242 FRACCION VII DEL CODIGO PENAL, ES AUTONOMO Y ACUMULABLE A OTROS DELITOS.".
Registro digital (IUS): 255915