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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 287/2013, desechada por notoriamente improcedente, mediante acuerdo de 17 de enero de 2014.

Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
255933
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 51, Sexta Parte; Pág. 49

QUERELLA. SU PRESENTACION POR EL PATRON, CUANDO NO PROSPERA EL EJERCICIO DE LA ACCION PENAL, SI CONSTITUYE FALTA DE PROBIDAD Y CAUSAL DE RESCISION DEL CONTRATO DE TRABAJO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 51, Sexta Parte; Pág. 49

Precedentes

Amparo directo 500/72. Agustín Ocampo Urbina. 2 de marzo de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Darío Córdoba L. de Guevara. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 287/2013, desechada por notoriamente improcedente, mediante acuerdo de 17 de enero de 2014.
Registro digital (IUS): 255933