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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
255966
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 50, Sexta Parte; Pág. 40

JURISPRUDENCIA DE LAS SALAS DE LA CORTE. CUANDO PUEDEN INTERRUMPIRLA LOS COLEGIADOS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 50, Sexta Parte; Pág. 40

Precedentes

Amparo directo 505/70. La Guardiana, S.A. Compañía General de Fianzas. 27 de febrero de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Nota: En el Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen 29, Sexta Parte, página 31, este precedente aparece con fecha de 12 de mayo de 1971 .
Registro digital (IUS): 255966