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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255987
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 50, Sexta Parte; Pág. 66
TESTIGO, PARCIALIDAD EN EL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 50, Sexta Parte; Pág. 66
El hecho de que dos trabajadores conjuntamente incurran en la misma falta de probidad y el patrón sólo despida a uno de ellos por esa causa, ofreciendo al otro como testigo de la falta cometida por el despido, esto no implica que el testigo se vea afectado de parcialidad respecto del patrón, por no habérsele sancionado su falta de probidad, si la acción de este último en contra del testigo ha prescrito en la fecha en que éste prestó testimonio.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 951/72. Luis Alvarado Murillo. 26 de febrero de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre.