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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256027
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 49, Sexta Parte; Pág. 53
PRUEBA CONFESIONAL. CUANDO EL OFERENTE ES LA PARTE OBRERA, NO DEBE DESECHARSE AUN CUANDO NO SE ACOMPAÑE EL PLIEGO DE POSICIONES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 49, Sexta Parte; Pág. 53
Cuando se ofrece la prueba confesional, siendo la parte obrera la oferente, y no se acompaña el pliego de posiciones, no debe la Junta de Conciliación y Arbitraje desechar tal probanza por falta de exhibición del pliego en cuestión, sino que debe requerir al trabajador para que en un término perentorio presente el pliego de que se trata, ya que de lo contrario se violarían las leyes de procedimiento, atentos a lo que disponen la fracción XI en relación con la III, del artículo 159 de la Ley de Amparo, y por ende, se conculcarían garantías individuales.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 725/72. Joaquina Martínez viuda de Chipola. 11 de enero de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio M. Cal y Mayor G.