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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256037
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 49, Sexta Parte; Pág. 63

REVISION. SU INTERPOSICION HECHA DIRECTAMENTE ANTE EL TRIBUNAL COLEGIADO SIN AVISO DEL RECURRENTE AL JUEZ DE DISTRITO NO ES CAUSA PARA DESECHARLA SI LA RESOLUCION QUE SE RECURRE NO HA SIDO DECLARADA EJECUTORIADA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 49, Sexta Parte; Pág. 63

Precedentes

Amparo en revisión 420/72. Martha Romero Kirchner. 31 de enero de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Rodríguez Berganzo.
Registro digital (IUS): 256037