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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256057
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 48, Sexta Parte; Pág. 51
SEGURO SOCIAL. CHOFERES DE SITIO. AFILIACION.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 48, Sexta Parte; Pág. 51
Procede la afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social de los choferes que trabajan al servicio del propietario del automóvil, en vista de que se acreditan los elementos de dirección y dependencia señalados en el artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo, si se comprueba que el actor trabajó para el demandado como "chofer de sitio", o sea, que tenía a su disposición al trabajador para tripular el vehículo de su propiedad, de acuerdo con la forma en que se desarrollen las actividades de un sitio de automóviles de alquiler, que consisten en que los choferes esperan que se les ordene ir a determinado lugar y trasladar pasajeros, sin que estén en libertad de ejecutar o no tales órdenes, ni dedicar el vehículo que manejan a otra actividad diversa de la anterior, labor por la que perciben determinado porcentaje de lo que produce el automóvil.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Revisión fiscal 93/68. Ernesto Avilés Realpozo y otros. 24 de marzo de 1969. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 44, página 87 Amparo directo 570/71. Benjamín Alarcón de la O. 14 de agosto de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Ortega Calderón.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen CXXXV, Quinta Parte, página 13.