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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256066
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 48, Sexta Parte; Pág. 71
CADUCIDAD. ACTUACION PROCESAL NECESARIA PARA INTERRUMPIRLA. CARACTERISTICAS.
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 48, Sexta Parte; Pág. 71
Para determinarse la calidad procesal de un acto jurisdiccional, es menester que tenga por objeto impulsar el procedimiento que se sigue, es decir, debe ser de trámite del negocio, cosa que no sucede cuando la Oficialía de Partes Común a los Tribunales Colegiados de este Circuito simplemente recibe una promoción y la turna al tribunal correspondiente, pues aun cuando es cierto que esa oficina de correspondencia es común a los tribunales citados, también lo es que no es el tribunal mismo que conoce del asunto el que la ha recibido y a esa promoción no recae ningún acuerdo que, en última instancia, sería el acto procesal que viniera a interrumpir la caducidad.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 42, página 24. Amparo en revisión 1073/71. La Guardiana, S.A., Compañía General de Fianzas. 20 de junio de 1972. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 44, página 27. Amparo en revisión 446/71. La Guardiana, S.A., Compañía General de Fianzas. 9 de agosto de 1972. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 44, página 27. Amparo en revisión 1776/71. La Guardiana, S.A., Compañía General de Fianzas. 9 de agosto de 1972. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 44, página 27. Amparo en revisión 1866/71. La Guardiana, S.A., Compañía General de Fianzas. 9 de agosto de 1972. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 44, página 27. Amparo en revisión 2145/71. La Guardiana, S.A., Compañía General de Fianzas. 9 de agosto de 1972. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "ACTUACION PROCESAL, CARACTERISTICAS DE LA.".