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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256092
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 47, Sexta Parte; Pág. 39
MARCAS, USO DE. RELACION DE PRUEBAS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 47, Sexta Parte; Pág. 39
Para desechar las pruebas que la propietaria de una marca rinda sobre el uso de la misma, en los cinco años anteriores a la demanda de extinción por falta de uso, no basta analizarlas una por una y concluir que aisladamente considerada, ninguna de ellas es bastante para probar plenamente el uso de que se trata. Pues dichas probanzas deben, además, ser relacionadas entre sí, para determinar si entrelazadas forman un conjunto de indicios que lleve razonablemente a la convicción de que la marca sí ha sido usada, de tal manera que la conclusión contraria repugne más al análisis lógico de las pruebas, es decir, que resulte menos razonable.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 951/70 (5607/58). N. V. Philips Gloeilampsenfabrieken. 6 de noviembre de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.