Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/256096
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256096
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 47, Sexta Parte; Pág. 44

PRODUCTOS DE CAPITALES, IMPUESTOS SOBRE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 47, Sexta Parte; Pág. 44

Precedentes

Revisión fiscal 208/71. María Galán de Stoopen. 24 de noviembre de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 36, página 53. Amparo en revisión 1885/71. Patricio L. de Prevoisin. 6 de diciembre de 1971. Ponente: Arturo Serrano Robles. Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "IMPUESTOS SOBRE PRODUCTOS DE CAPITALES.".
Registro digital (IUS): 256096