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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256137
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 46, Sexta Parte; Pág. 56
FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DE LA FEDERACION, LEY DE. COPARTICIPACION CUANDO NO SE ES EMPLEADO O FUNCIONARIO PUBLICO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 46, Sexta Parte; Pág. 56
Si bien el artículo 18 de la Ley de Responsabilidades de Funcionarios y Empleados de la Federación, exige que el autor del delito de responsabilidad oficial, tenga la calidad de funcionario o empleado público, para que se aplique la misma, también lo es que en cuanto al copartícipe a quien se atribuya haber auxiliado y acompañado a un agente de la Policía Judicial Federal (autor), para que sin orden alguna del Ministerio Público, abusando de su cargo, privara de su libertad al ofendido con el pretexto de esclarecer un robo, no es indispensable que reúna los caracteres ya mencionados, porque sólo auxilió y cooperó en un hecho ajeno y, por ello, no se tiene que acreditar la cualidad de autor del delito de responsabilidad oficial que se atribuye al autor, como lo admite el Código Penal Federal, aplicado supletoriamente, en relación con el artículo 22 de la ley ya citada. Consecuentemente, la coparticipación imputable al copartícipe no es incompatible con las disposiciones de la ley de responsabilidades y, por ende, sí le es aplicable la fracción III del artículo 13 del código aludido.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Revisión 429/72. Josué Daniel Cruz Trujillo. 6 de octubre de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Antonio Ríos.
Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "COPARTICIPACION, EN LA LEY DE RESPONSABILIDADES DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DE LA FEDERACION, CUANDO NO SE ES EMPLEADO O FUNCIONARIO PUBLICO.".