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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256175
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 46, Sexta Parte; Pág. 98

TITULOS DE CREDITO, EXCEPCIONES PERSONALES OPONIBLES A LOS. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE ORIGEN.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 46, Sexta Parte; Pág. 98

Precedentes

Amparo directo civil 889/72. Juan Gazca Romero como endosatario en procuración de Salinas y Rocha, S.A. 11 de octubre de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio M. Cal y Mayor G. Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, COMO UNA DE LAS EXCEPCIONES PERSONALES A QUE SE REFIERE LA FRACCION XI DEL ARTICULO 8o. DE LA LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO.".
Registro digital (IUS): 256175