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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256212
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 45, Sexta Parte; Pág. 63

SUPLENCIA DE LA QUEJA EN MATERIA LABORAL. NO PROCEDE EN LA REVISION, CUANDO EL TRABAJADOR OCURRE CON EL CARACTER DE TERCERO PERJUDICADO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 45, Sexta Parte; Pág. 63

Precedentes

Amparo en revisión 341/72. Saúl del Barco Aguilar. 11 de septiembre de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Darío Córdoba Ladrón de Guevara. Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "SUPLENCIA DE LA QUEJA EN MATERIA LABORAL.".
Registro digital (IUS): 256212