Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/256220
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256220
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 45, Sexta Parte; Pág. 69

TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION. SUS RESOLUCIONES SON DECLARATIVAS Y CARECEN POR ELLO DE EJECUCION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 45, Sexta Parte; Pág. 69

Precedentes

Amparo en revisión 307/72. Carlos Renán López Novelo. 11 de septiembre de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Darío Córdoba Ladrón de Guevara. Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION.".
Registro digital (IUS): 256220