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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256239
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 44, Sexta Parte; Pág. 33
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, INTERES JURIDICO TRATANDOSE DEL JUICIO DE, EN EL DISTRITO FEDERAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 44, Sexta Parte; Pág. 33
Atendiendo a la letra de la ley que regula el juicio contencioso administrativo, sin torturas ni forzamientos, el interés que ella contempla es simple, ya que el texto positivo y vigente emplea el sustantivo "interés", sin ningún adjetivo que restrinja o califique su significación.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 649/71. Samuel Chernitzky. 18 de agosto de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres.
Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "INTERES JURIDICO. NO LO EXIGE LA LEY DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL.".