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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256257
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 44, Sexta Parte; Pág. 76
PERSONALIDAD ANTE LAS JUNTAS. ARTICULO 709 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO EN VIGOR. SU ALCANCE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 44, Sexta Parte; Pág. 76
La jurisprudencia número 110, publicada en la página 113, Quinta parte, de la última compilación, bajo el rubro "PERSONALIDAD ANTE LAS JUNTAS", alude, indudablemente, a una disposición legal contenida en la Ley Federal del Trabajo de 1931; empero, el actual artículo 709, referente a la personalidad, reglamenta esta cuestión de manera más explícita, simplificando el procedimiento para otorgar el poder correspondiente, pero, en esencia, conserva el mismo espíritu de facultar a los tribunales de trabajo a apartarse de las normas legales, o de derecho común, como se hacía en la anterior legislación, siempre y cuando estén convencidos plenamente de la representación de la persona interesada; por ende, la cita de aquella jurisprudencia no irroga agravio alguno.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión T-477/72. Unión de Empleados de Hoteles, Restaurantes, Cafés, Cantinas, Balnearios, Casinos y Similares de la Heroica Ciudad y Puerto de Veracruz. 2 de agosto de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Maldonado Cisneros.
Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "ARTICULO 709 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO EN VIGOR, SU ALCANCE.".