Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/256262
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256262
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 44, Sexta Parte; Pág. 84

REMATES. RECURSO DE APELACION Y NO DE QUEJA (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 44, Sexta Parte; Pág. 84

Precedentes

Amparo en revisión 493/72. Rosario María Zapata viuda de Casanova. 16 de agosto de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Maldonado Cisneros. Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "RECURSO DE APELACION Y NO DE QUEJA. (LEGISLACION CIVIL VERACRUZANA).".
Registro digital (IUS): 256262