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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256296
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 43, Sexta Parte; Pág. 43
HUELGA, EMPLAZAMIENTO A. USUFRUCTO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 43, Sexta Parte; Pág. 43
La notificación de haber terminado el usufructo que se estipuló con carácter gratuito, no contraría las prevenciones del artículo 453 de la Ley Federal del Trabajo, porque existan emplazamientos de huelga respecto de la compañía que sustituyó a la contratante original, ya que hasta procederse a la ejecución forzosa, se afectaría la situación motivada por dichos emplazamientos, que de tiempo atrás hayan venido prorrogando los sindicatos y la empresa demandada.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 274/72. Inmobiliaria Heraldo, S.A. 31 de julio de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Federico Taboada Andraca.
Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "USUFRUCTO.".