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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256307
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 43, Sexta Parte; Pág. 62
PRESCRIPCION. VIA PARA ALEGARLA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 43, Sexta Parte; Pág. 62
Si en un juicio fiscal enderezado contra un proveído se sobreseyó en lo que hacía a prescripción, por haberse estimado que no procedía el juicio fiscal, sino una instancia administrativa, y la causante y actora hizo valer esa instancia administrativa, es evidente que la misma no puede ser legalmente desechada por estimar que lo que procedía era el juicio fiscal, pues esto, a más de violar la cosa juzgada en materia procesal, dejaría a la quejosa en un franco estado de indefensión, violando en su perjuicio las garantías de audiencia y de debido proceso legal, que consagran los artículos 14 y 16 constitucionales, ya que se la privaría, indebidamente, de toda oportunidad legal de hacer que su pretensión fuese examinada en cuanto al fondo, es decir, por sus méritos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo DA-585/70. Productos Etna, S.A. 19 de julio de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.