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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256341
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 42, Sexta Parte; Pág. 82
NOTIFICACIONES ILEGALMENTE HECHAS EN MATERIA LABORAL, AMPARO IMPROCEDENTE EN CONTRA DE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 42, Sexta Parte; Pág. 82
Cuando la parte quejosa en el juicio de garantías tuvo debido conocimiento de la existencia del juicio laboral iniciado en su contra y reclama una notificación que en su concepto fue indebidamente hecha, el amparo es improcedente y debe ser sobreseído, porque antes de promoverlo debió acudir ante la responsable a promover la nulidad de la notificación que a su juicio fue ilegalmente hecha, medio ordinario de defensa que debe agotarse antes de acudir al juicio constitucional.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 69/72. Radio Triunfadora, S.A. de C.V. 28 de junio de 1972. Ponente: Rafael Pérez Miravete.
Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO IMPROCEDENTE EN CONTRA DE NOTIFICACIONES ILEGALMENTE HECHAS.".