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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256342
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 42, Sexta Parte; Pág. 84

PENALIDAD. EN LOS DELITOS PATRIMONIALES EL MONTO ECONOMICO DE LOS MISMOS DEBE PROBARSE FEHACIENTEMENTE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 42, Sexta Parte; Pág. 84

Precedentes

Amparo directo 19/72. Héctor Adolfo Gurrión García. 16 de junio de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Franco.
Registro digital (IUS): 256342