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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256373
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 42, Sexta Parte; Pág. 136
AGENTES ADUANALES. FACULTADES DE SUS EMPLEADOS AUTORIZADOS. INCONFORMIDAD CON LA CLASIFICACION.
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 42, Sexta Parte; Pág. 136
El artículo 707 del Código Aduanero faculta a los agentes aduanales a manifestar ante la aduana en que actúen, quiénes de sus empleados quedan autorizados para representarlos en todos los actos del despacho, el que se inicia con el pedimento y termina con el pago del impuesto y el retiro de la mercancía; y como entre una y otra cosa se encuentra la clasificación de la mercancía y, en su caso, la inconformidad con dicha clasificación, quien está facultado para formular el pedimento, lo está para inconformarse con la clasificación del vista, como parte interesada.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 31, página 17. Amparo directo 139/71. Rosendo Caballero. 12 de julio de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.
Volumen 36, página 98. Amparo directo 65/71. Antonio Vigoritto Pérez. 20 de julio de 1971. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 36, página 98. Amparo directo 39/71. Rosendo Caballero. 9 de agosto de 1971. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 35, página 16. Amparo en revisión 454/71. Joaquín Mier y Terán. 9 de noviembre de 1971. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 37, página 17. Amparo directo 667/70. Roder Christensen, S.A. 18 de enero de 1972. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.