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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256391
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 41, Sexta Parte; Pág. 55

HUELGAS. PRESIDENTES DE JUNTAS. DEBEN DAR TRAMITE A LOS PLIEGOS DE PETICIONES Y EMPLAZAMIENTOS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 41, Sexta Parte; Pág. 55

Precedentes

Amparo en revisión 114/72. Sindicato de Empleados y Agentes de Ventas de Industrias ubicadas en el Estado de Jalisco y coagraviados. 8 de mayo de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco.
Registro digital (IUS): 256391