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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256391
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 41, Sexta Parte; Pág. 55
HUELGAS. PRESIDENTES DE JUNTAS. DEBEN DAR TRAMITE A LOS PLIEGOS DE PETICIONES Y EMPLAZAMIENTOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 41, Sexta Parte; Pág. 55
De aceptarse que el presidente de una Junta tiene facultades para negarse a dar trámite a un pliego de peticiones y a un emplazamiento de huelga, es tanto como facultar a éste para declarar previamente la inexistencia o ilicitud del movimiento, cosa que es inadmisible.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 114/72. Sindicato de Empleados y Agentes de Ventas de Industrias ubicadas en el Estado de Jalisco y coagraviados. 8 de mayo de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco.